Guía · revisada el 27 de octubre de 2026
Modelo 115: retención del alquiler de un local
Retención del 19 % que el inquilino de un local de negocio descuenta al casero e ingresa en Hacienda.
Quién lo presenta
- Autónomos y sociedades que alquilan un local, una oficina o una nave para su actividad.
- No hay retención, entre otros casos, si el casero acredita que está exonerado o si el alquiler anual pagado al mismo casero no pasa de 900 € (art. 75.3.g del Reglamento del IRPF).
Cuándo
Trimestral; mensual para las grandes empresas.
| Último día | Qué se presenta | Detalle |
|---|---|---|
| miércoles 20 de enero | Retenciones del 4.º trimestre de 2026 · modelos 111, 115, 123, 216 | Retenciones de nóminas, facturas de profesionales, alquileres y rendimientos del capital practicadas de octubre a diciembre. Las grandes empresas declaran cada mes (diciembre, el mismo día). |
| martes 20 de abril | Retenciones del 1.er trimestre · modelos 111, 115, 123, 216 | Enero a marzo de 2027. |
| martes 20 de julio | Retenciones del 2.º trimestre · modelos 111, 115, 123, 216 | Abril a junio. |
| miércoles 20 de octubre | Retenciones del 3.er trimestre · modelos 111, 115, 123, 216 | Julio a septiembre. |
Cómo
- La retención es el 19 % de la renta sin IVA.
- Lo resumes en enero con el modelo 180.
Ten en cuenta
- El alquiler de vivienda a un particular no lleva esta retención.
Para hacer números: calculadora en Calcula Autónomo.
Todos los plazos del año, en el calendario fiscal 2027, y en tu calendario con los avisos .ics.
Fuentes oficiales (consultadas el 27 de octubre de 2026):
Información general, no asesoramiento para un caso concreto.
Dudas
Preguntas frecuentes
¿Quién tiene que presentar el modelo 115?
Autónomos y sociedades que alquilan un local, una oficina o una nave para su actividad. No hay retención, entre otros casos, si el casero acredita que está exonerado o si el alquiler anual pagado al mismo casero no pasa de 900 € (art. 75.3.g del Reglamento del IRPF).
¿Cuándo se presenta?
Trimestral; mensual para las grandes empresas.