Noviembre de 2026
Quien presenta el IVA y las retenciones cada trimestre no tiene nada periódico en noviembre. Los plazos de este mes son, sobre todo, de las grandes empresas y de quien ha elegido declarar cada mes:
- Hasta el 20 de noviembre (viernes): retenciones de octubre de las grandes empresas (modelos 111, 115, 123 y otros) y el modelo 349 de octubre de quien declara cada mes las operaciones con la Unión Europea.
- Hasta el 30 de noviembre (lunes): el IVA de octubre (modelo 303) de quien liquida cada mes; la declaración de operaciones vinculadas de 2025 (modelo 232) de las sociedades cuyo ejercicio coincide con el año natural; y la solicitud de alta o baja en el registro de devolución mensual del IVA (modelo 036).
Diciembre de 2026
- Hasta el 21 de diciembre (lunes): el tercer pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades (modelo 202). El plazo legal acaba el día 20, pero en 2026 cae en domingo y pasa al lunes. Lo presentan las sociedades a las que les toca hacer pagos fraccionados (lo explicamos en la guía del modelo 202).
- Hasta el 21 de diciembre: también las retenciones de noviembre de las grandes empresas y el 349 mensual de noviembre.
- Hasta el 30 de diciembre: el IVA de noviembre de quien liquida cada mes.
Lo que se decide antes del 31 de diciembre para 2027
Diciembre es el mes de las opciones y renuncias que valen para el año siguiente. Todas se comunican con el modelo 036 en la sede de la Agencia Tributaria:
- Renunciar a módulos o a la estimación directa simplificada del IRPF, o revocar una renuncia anterior, para 2027 y siguientes.
- Renunciar al régimen simplificado del IVA o al régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, o revocar la renuncia.
- Optar por el criterio de caja del IVA para 2027, o renunciar a él (la renuncia vale para tres años: 2027, 2028 y 2029).
Si eres autónomo, diciembre es también el último mes para pedir un cambio de base de cotización que se aplique desde el 1 de enero de 2027 (la tabla completa de plazos está en la guía de la cuota de autónomos).
Y en enero, el cierre del año
El grueso de las obligaciones del cuarto trimestre se presenta en enero de 2027: retenciones hasta el día 20, y el IVA, su resumen anual y el pago fraccionado del IRPF hasta el lunes 1 de febrero. Lo contamos fecha a fecha en los plazos de enero de 2027.
Normativa
- Agencia Tributaria: calendario del contribuyente 2026 (noviembre y diciembre)
- Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades: art. 40 (pagos fraccionados) (BOE de 28 de noviembre de 2014)
- Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, Reglamento del IRPF: art. 33 (renuncia a la estimación directa simplificada y a la objetiva) (BOE de 31 de marzo de 2007)
- Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, Reglamento del IVA: arts. 33, 61 quater y 61 quinquies (renuncias y criterio de caja) (BOE de 31 de diciembre de 1992)
- Real Decreto 2064/1995, Reglamento general de cotización, art. 45 (cambios de base de los autónomos)
- Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común, arts. 30 y 31
Información general, no asesoramiento para un caso concreto.
Preguntas frecuentes
¿Un autónomo tiene que presentar algo en noviembre de 2026?
Si declara por trimestres y no es gran empresa, normalmente no: el tercer trimestre se cerró el 20 de octubre y el cuarto se presenta en enero.
¿Por qué el 202 de diciembre acaba el 21 y no el 20?
Porque el 20 de diciembre de 2026 es domingo: cuando el último día del plazo es inhábil, el plazo pasa al siguiente día hábil.
¿Hasta cuándo puedo renunciar a módulos para 2027?
Hasta el 31 de diciembre de 2026, con el modelo 036. También se entiende hecha la renuncia si presentas en plazo el pago fraccionado del primer trimestre de 2027 por estimación directa.